Petroleros
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Federación Argentina Sindical de Petróleo, Gas y Biocombustibles

Importante: Información para empresas

Por un tema de sistemas las boletas del pago extraordinario por la utilización del Art. 223 sale sobre la totalidad de los trabajadores en yacimiento. En caso de no corresponder comunicarse con el Sector de Gremiales vía mail. Teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:

  • Si el empleado trabajo el mes normal debe abonar aporte y contribución sindical.
  • Si utilizo el Art.223 todo el mes. Solo abonar los $5000 correspondiente a la 1° cuota por cada trabajador en abril y $5000 en mayo (2°cuota). En la DDJJ colocar en remuneración 0.
  • Si trabajo unos días con sueldo normal y otros con Art. 223, deberá abonar aporte y contribución sindical por la parte remunerada y la contribución de los $5000 proporcionada a los días de utilización del Art. 223, para lo cual deberá comunicarse con el sector gremial a fin que puedan ajustar la boleta correspondiente.

Cualquier inquietud nos encontramos a vuestra disposición.

Los mails de contacto son:

Stella.romero@petroleoygas.com.ar

Debora.moreno@petroleoygas.com.ar

Mariela.escudie@petroleoygas.com.ar

Santiago.delatorre@petroleygas.com.ar

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